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7. Regímenes especiales del IGIC
Los regímenes especiales suponen un tratamiento específico en favor de determinados sectores de actividad (agricultura y ganadería, comercio de bienes usados, agencias de viaje), o en favor de determinados tipos de empresas (pequeñas y medianas). Son los siguientes:
- Régimen especial simplificado
- Régimen especial de bienes usados y régimen especial de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección
- Régimen especial de las agencias de viajes
- Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca
- Régimen especial de Comerciantes Minoristas
- Régimen especial aplicable a las operaciones con oro de inversión
- Régimen especial del criterio de caja
- Régimen especial del pequeño empresario o profesional (REPEP)