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Plan General de Contabilidad de Pymes

Para poder aplicar el Plan General de Contabilidad de Pymes (PGC-PYMES) las entidades deben cumplir con los siguientes requisitos durante dos ejercicios consecutivos a la fecha de cierre de cada uno de ellos:

  • Que el total de las partidas del activo no supere los 4 millones de euros.
  • Que el importe neto de su volumen anual de ingresos no supere los 8 millones de euros.
  • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.

Las entidades perderán la facultad de aplicar el PGC-PYMES si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, dos de las circunstancias mencionadas anteriormente.

En el ejercicio económico de su constitución, las entidades podrán aplicar el PGC-PYMES si reúnen, al cierre de dicho ejercicio, al menos dos de las tres circunstancias expresadas.

Particularidades Micropymes

Se considera micropyme a aquellas empresas que durante dos ejercicios consecutivos cumplan al menos dos de las siguientes circunstancias:

  • Que el total de las partidas del activo no supere el millón de euros.
  • Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 2 millones de euros.
  • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no supere a 10.
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